Si las mercancías tienen un valor inferior a $100 (y que sean cantidades no comerciales) usted podrá apersonarse a la aduana de su jurisdicción con los documentos que lo acrediten como importador, para que le confeccionen de oficio el Formulario de Declaración aduanera para que realice los trámites. Para mercancía comercial o valor superior a $100 deberá contratar un Agente o Agencia de Aduanas. 

Art.136 Ley General de Aduanas (LGA) y 433 Reglamento a la Ley General de Aduanas (RLGA). 
Debe presentar la factura de compra del producto, el documento de embarque (guía aérea, carta de porte o Bill Of lading). También de acuerdo al tipo de producto debe presentar los permisos de salud correspondientes (la agencia le ayuda en este trámite). Si el producto que usted desea importar está afecto a algún convenio arancelario, debe presentar el certificado correspondiente.

Con gusto le asesoramos en el proceso. 
Los impuestos se cancelan de acuerdo a la clasificación arancelaria del producto, un agente de aduanas es el profesional indicado para realizar este cálculo.